Micelio
Auto4 de marzo de 2024

A- de 2024

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Proteccion De Comunidad Indigena
  • Niveles de cumplimiento a las órdenes de la Sentencia T-302 de 2017
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-308/17 declara el cumplimiento general de su orden novena y, en consecuencia, cesa las laborales de seguimiento que adelanta al respecto y frente a los Autos 1196 de 2021 y 2063 de 2023.

Así mismo, ordena a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo seguir el cumplimiento de las actividades de divulgación del fallo realizadas por el Ministerio del Interior, en los centros etnoeducativos e internados de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, de conformidad con lo propuesto por la cartera en el informe allegado el 12 de enero de 2024.

Igualmente, se exhorta a las autoridades estatales del orden nacional y territorial obligadas y convocadas al trámite de cumplimiento del referido fallo de tutela, a continuar con el proceso de comunicación y divulgación de los antecedentes judiciales que dan origen o fundamentan las actividades que realizan en relación con el fallo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DECLARAR el cumplimiento general de la orden novena de la Sentencia T-302 de 2017. En consecuencia, la Sala Especial de Seguimiento CESA las labores de seguimiento que adelanta al respecto y frente a los autos 1196 de 2021 y 2063 de 2023.
  2. Segundo. ORDENAR a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo seguir el cumplimiento de las actividades de divulgación del fallo realizadas por el Ministerio del Interior en los centros etnoeducativos e internados de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, de conformidad con lo propuesto por la cartera en el informe allegado el 12 de enero de 2024.
  3. Tercero. ORDENAR a las Oficinas de Prensa y Sistemas de la Corte que publiquen en el micrositio de la Corte Constitucional sobre el trámite de seguimiento la Sentencia T-302 de 2017 el material pedagógico preparado por el Ministerio del Interior para fortalecer y consolidar la divulgación y conocimiento de la sentencia entre las comunidades indígenas. El material se extraerá de los enlaces compartidos por la entidad en el informe allegado el 12 de enero de 2024.
  4. Cuarto. EXHORTAR a las autoridades estatales del orden nacional y territorial obligadas y convocadas al trámite de cumplimiento de la Sentencia T-302 de 2017 a continuar con el proceso de comunicación y divulgación de los antecedentes judiciales que dan origen o fundamentan las actividades que realizan en relación con el fallo.
  5. Quinto. Proceda la Secretaría General de esta corporación a librar las comunicaciones correspondientes, adjuntando copia de este proveído.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.